Sentencia absolutoria caso Anonymous
La magistrada titular del Juzgado de lo Penal nº 3 de Gijón ha absuelto de todos los delitos que se les imputaban, -pertenencia a organización criminal y delito continuado de daños- a los tres acusados de ser los cabecillas de la red Anonymous en España.
En la sentencia se concluye que no ha quedado acreditado que las tres personas juzgadas pertenecieran a dicho colectivo, ni que con ocasión de la celebración en España de las Elecciones locales y autonómicas del 22 de mayo de 2011, y con la finalidad de entorpecer el proceso electoral, se hubieran puesto de acuerdo para atacar el entorno informático de la Junta Electoral Central, ni las webs del sindicato UGT y del Congreso de los Diputados.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Asturias.