La enmienda número 13


El Parlamento Europeo ha votado en su sesión de hoy, 25 de abril, la propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las medidas penales destinadas a garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual.

La Directiva establece finalmente en su artículo 3 que los Estados miembros velarán por calificar de infracción penal toda infracción intencional de un derecho de propiedad intelectual cometida a una escala comercial, así como la complicidad y la instigación a dicha infracción. Según el artículo 4, dichas infracciones deberán ser castigadas con penas privativas de libertad, multas y decomiso del objeto, los instrumentos y los productos procedentes de las infracciones.

La nueva Directiva impone en la práctica a los estados miembros la obligación de adaptar sus legislaciones a lo dispuesto en la misma. Se sitúa así en el punto de mira penal a los portales P2P que sin contar con la autorización de los titulares de derechos de autor obtengan beneficios comerciales. Ello no obstante, y en virtud de la enmienda número 13, el artículo 2 de la Directiva excluye la punibilidad de los actos efectuados por usuarios privados con fines personales y no lucrativos.

Propuesta de Directiva

Enmiendas aprobadas en la votación final