La siniestra Seccion Segunda

  • Por:
  • Carlos Sánchez Almeida

El escándalo en la Red española es monumental. En el momento que escribo, miles de sitios web han suscrito un manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, oponiéndose al proyecto de Ley de Economía Sostenible que ha defendido el porpio Presidente del Gobierno ante el Congreso de los Diputados.

¿Existen razones para la alarma? Pues hasta cierto punto, sí, pero no más que hace unos años, cuando el entonces Ministro de Industria, José Montilla, apadrinó la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI), una ley por la que se abrió definitivamente la puerta a que órganos administrativos pudiesen extralimitarse ejerciendo la censura en Internet. Una ley que era a su vez heredera de la infausta LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico), impulsada el año 2001 por el difunto Ministerio de Ciencia y Tecnología, bajo el gobierno de José María Aznar.

El verdadero origen del problema reside en el sistemático desprecio con el que nuestra clase política trata al tercer poder del Estado: el Poder Judicial, única autoridad legitimada por nuestra Constitución para secuestrar publicaciones, de conformidad con lo previsto por el artículo 20 de nuestra Carta Magna. Desde el año 2001, sucesivos gobiernos han intentado poner en cintura Internet recurriendo al derecho administrativo, con resultados nefastos.

Mediante el proyecto de Ley de Economía Sostenible (PDF 533 kb) se pretende la creación de una institución de nombre particularmente siniestro: la llamada Sección Segunda (desde hoy bautizada como S.S.) de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura. Dicha institución no tendría otra finalidad que la de actuar como órgano competente para "el ejercicio de las funciones previstas en los artículos 8, 11 y concordantes de la Ley 34/2002 (LSSI), para la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de la información".

Bajo un lenguaje jurídico pretendidamente aséptico, se esconden unas intenciones particularmente perversas. Los artículos 8 y 11 de la LSSI son los que permiten la restricción o interrupción de la prestación de servicios de Internet, como podrían ser el alojamiento de páginas web o el acceso a las mismas desde territorio español, en caso de que dichos servicios puedan atentar contra determinados valores.

A los valores que hasta ahora protegía dicha ley, como eran la salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad pública, la defensa nacional, la salud pública, la dignidad de la persona, el principio de no discriminación o la protección de la juventud y la infancia, se suma ahora un valor muy cuestionado en Internet: la propiedad intelectual.

Y para proteger dicha propiedad intelectual se crea la funesta Sección Segunda, facultada como órgano competente para supervisar páginas web, en salvaguarda del derecho de autor.

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), establece que "la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes". Subrayo y resalto en negrita las palabras "cuando ésta afecte", porque ahí reside el peligro: el peligro de que la decisión de cuándo una determinada página web afecta a la libertad de expresión no queda en manos de los jueces, sino del funcionario de la S.S.

Desde el año 2001, no me he cansado de repetir que la LSSI era una mala ley, que podía permitir en cualquier momento la extralimitación de la autoridad administrativa. De aquellos polvos vienen estos lodos: como no deja de recordarnos el clásico, la historia siempre se repite. Como tragedia o como farsa.

En cualquier caso, que no cunda el pánico. Lo mejor que podía pasar ya ha pasado: Internet está a la defensiva. La Ley de Economía Sostenible debe ser revisada por el Consejo de Estado, por el Consejo General del Poder Judicial, por el Congreso de los Diputados y por el Senado.

Y después, por el Defensor del Pueblo y por el Tribunal Constitucional. La torpeza de los políticos que la han impulsado se quedará por el camino.

Tranquilos. En el inverosímil supuesto de que fallasen todas las instituciones del Estado, existe una sociedad civil movilizada, que se llama Internet.

Y ése es el mejor antídoto contra cualquier dictadura.

 


 

Aviso legal:

Carlos Sánchez Almeida es abogado especializado en Internet, y responde a las dudas de los lectores cada 15 días en la sección El Abogado del Navegante, de ELMUNDO.es. Este texto es de carácter opinativo y, al igual que las respuestas del Abogado del Navegante, tiene carácter general, no constituyendo un dictamen ni asesoramiento jurídico aplicable a casos concretos.